La Asociación de Vecinos de San José y El Pozo de los Frailes ha registrado un nuevo escrito en el Ayuntamiento de Níjar en relación con la propuesta presentada el pasado 29 de diciembre de 2025 para dedicar la calle del Puerto de San José a Antonio Moreno Pomares «El Berza», quien fuera durante muchos años concejal del Ayuntamiento de Níjar y alcalde pedáneo de San José.
Con este nuevo escrito, la Asociación da respuesta a la comunicación recibida el pasado 16 de junio, mediante la cual el Ayuntamiento le trasladó un informe de la Unidad de Gestión Catastral y Patrimonio exigiendo que la propuesta cuente con el respaldo del 75 % de los vecinos afectados de la actual calle del Puerto, requisito incorporado por una Ordenanza municipal aprobada y publicada en mayo de 2026, casi cinco meses después de haberse registrado la iniciativa vecinal.
La Asociación mantiene que ese requisito no puede aplicarse a un procedimiento iniciado con anterioridad a la entrada en vigor de la nueva Ordenanza. En su escrito recuerda que la solicitud fue presentada cuando esa regulación no existía y sostiene que imponer posteriormente nuevos requisitos plantea dudas sobre el respeto al principio constitucional de irretroactividad de las disposiciones restrictivas y a la seguridad jurídica.
Además, insiste en que el requisito exigido resulta prácticamente imposible de cumplir en un núcleo turístico como San José, donde existe un elevado número de segundas residencias y viviendas de uso turístico. A ello se añade que la identificación de todos los propietarios, personas empadronadas y titulares de actividades sólo obra en poder de la propia Administración, por lo que la Asociación considera desproporcionado exigir una acreditación que los ciudadanos, por la ley de protección de datos, no pueden obtener por sus propios medios.
En el escrito registrado, la Asociación no solicita únicamente que se reconsidere ese requisito. Su principal petición es que el Ayuntamiento dicte, por fin, una resolución expresa y motivada sobre la propuesta presentada en diciembre de 2025, pronunciándose sobre el fondo del asunto y explicando jurídicamente, en caso de mantener su criterio, por qué considera aplicable a un procedimiento ya iniciado una Ordenanza aprobada con posterioridad.
Asimismo, solicita que el Ayuntamiento certifique si cuando se presentó la iniciativa existía alguna Ordenanza municipal reguladora de la denominación de calles, que facilite copia íntegra del expediente administrativo (incluidos todos los informes técnicos y jurídicos emitidos) y que aclare si la comunicación remitida el pasado mes de junio constituye una verdadera resolución administrativa o simplemente el traslado parcial de un informe técnico, indicando el estado actual de tramitación del expediente.
Con este escrito, la Asociación pretende que el procedimiento continúe por los cauces legalmente establecidos y que el Ayuntamiento adopte una decisión motivada sobre una iniciativa vecinal que, siete meses después de su presentación, sigue sin haber sido resuelta.
